Anuncio: Nuestro dominio ha cambiado a venturacounty.gov/servicios-de-ayuda-a-niños. Por favor, actualice sus marcadores.

Información general del empleador

Los empresarios y el Departamento de Servicios de Ayuda a la Infancia

Los empleadores desempeñan un papel vital para garantizar la seguridad financiera y médica de los niños cooperando con el Departamento de Servicios de Manutención Infantil del Condado de Ventura. Anualmente, nuestro departamento recauda millones de dólares en nombre de los niños y las familias del condado de Ventura. La mayoría de estos fondos provienen de empleadores a los que se les han emitido órdenes de retención de ingresos. ¡Gracias por sus continuos esfuerzos!

 

Los empresarios tienen cuatro responsabilidades: 

  • Informar de todos los empleados empleados al Directorio estatal de nuevas contrataciones
    (haga clic para ver Hoja informativa sobre informes de nuevas contrataciones)
  • Cuando reciba una orden de de retención de ingresos para la manutención de los hijos, debe atenerse a sus condiciones:
    • Deducir la cantidad de cada nómina
    • Remitir esos pagos en un plazo de siete días
  • Cumplir con la Aviso de asistencia médica e inscribir a los niños en un seguro médico si está está disponible
  • Notificar a la Agencia Local de Cuando un empleado cese en su empleo, ya sea por despido, dimisión, jubilación o despido. cese, dimisión, jubilación o despido. Debe facilitarse información sobre un empleado, como sus ingresos, dirección actual y cobertura del seguro médico.
Haga clic para ampliar

Pensiones alimenticias 

Como empleador, los pagos que retiene deben enviarse a la Unidad de Desembolsos del Estado, no a la oficina local de manutención infantil. Todos los pagos deben enviarse por correo a la dirección indicada a continuación. No envíe dinero en efectivo.

Unidad de Desembolsos del Estado

Apartado de correos 989067

West Sacramento, CA 95798

NOTA: ESTA DIRECCIÓN ES SÓLO PARA PAGOS.

Pago electrónico 

Las empresas de California están obligadas a presentar los pagos electrónicamente a la SDU por Código de Familia de California, sección 17309.5. La Unidad de Desembolsos del Estado de California proporciona varios métodos de pago electrónico, incluyendo el pago a través de la Cámara de Compensación Automatizada (ACH) de débito o crédito y tarjetas de crédito. Todos los pagos con tarjetas de débito y crédito ACH serán procesados por ExpertPay.  Para registrarse en ExpertPay, visite expertpay.com o llame al 1-800-403-0789.

Si su empresa está interesada en utilizar una de estas cómodas opciones, acceda a los siguientes enlaces para obtener más información:

Unidad de Desembolsos del Estado de California 

Departamento de Servicios de Manutención Infantil de California Información de pago del empleador

ExpertPay.com

Órdenes electrónicas de retención de ingresos (e-IWO)

California ahora está intercambiando e-IWOs con los empleadores que utilizan el proceso e-IWO de la Oficina Federal de Cumplimiento de Manutención Infantil. Los empleadores disponen de una forma más rápida y sencilla de recibir y responder a las órdenes de retención de ingresos. Al utilizar el proceso federal e-IWO o Electronic Income Withholding Order (Orden electrónica de retención de ingresos), los empleadores ahorrarán tiempo y dinero, a la vez que reducirán el potencial de error generalmente asociado con el procesamiento manual de documentos en papel.

Haga clic en la foto para obtener más información sobre la e-IWO.

Haga clic para ampliar

Aviso nacional de apoyo médico (NMSN)

El National Medical Support Notice (NMSN) es un aviso de dos partes enviado a las empresas por un organismo local de manutención infantil. Su objetivo es garantizar que los niños reciban cobertura sanitaria cuando esté disponible y sea obligatoria como parte de una orden de manutención.

Los empresarios y los administradores de planes de salud están obligados a cumplimentar y cumplir el NMSN y el Información sobre el seguro de enfermedad (DCSS 0054) formulario disponible en línea. (Secciones del Código de Familia de California, 3751.5, 3763, 3764, 3766, 3767, 3768, 3769, 3771 y 3773).

Haga clic en aquí para las preguntas más frecuentes sobre NMSN.

Haga clic para ampliar

Lista de comprobación del empleador para el NMSN

Confirme que la persona nombrada en el NMSN es el empleado y entréguele una copia del Aviso en un plazo de 10 días laborables.

Determine si el empleado y los hijos a su cargo disponen de un seguro de enfermedad colectivo.

Remita las instrucciones para inscribirse al Administrador del Plan designado en un plazo de 20 días hábiles a partir de la recepción de la Notificación (Representante de Beneficios del Sindicato/Fideicomiso o Especialista en Beneficios del Empleador).

Una vez verificada la inscripción con la fecha de entrada en vigor, rellene el formulario de información sobre el seguro de enfermedad y devuélvalo a la LCSA emisora.

En un plazo de 40 días hábiles a partir de la fecha de la Notificación, o antes si es razonable, debe proporcionar a LCSA una descripción de la cobertura disponible y la fecha de entrada en vigencia de la cobertura, incluido, si aún no se ha proporcionado, un resumen de la descripción del plan y todos los formularios, documentos o información necesarios para efectuar dicha cobertura, así como la información necesaria para presentar las reclamaciones de prestaciones.

Si la cobertura del seguro de enfermedad finaliza por cualquier motivo, la notificación del cese de la cobertura del seguro de enfermedad debe remitirse a la LCSA lo antes posible: en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Para obtener más información sobre el IWO o el NMSN, haga clic en la foto de abajo para ver California Child Support Services - A guide for Business.

Haga clic para ampliar

Para más información sobre el empleador, haga clic en el siguiente enlace:

Departamento de Servicios de Manutención Infantil de California Centro de Recursos para Empleadores 

Queremos saber de usted

Rellene nuestra breve encuesta en línea para empresarios y empresas de títulos de propiedad. De este modo nos ayudará a mejorar nuestro sitio web y a hacerlo más útil para sus necesidades. Haga clic en el siguiente enlace para acceder a la encuesta, VCDCSS Employer & Title Company Survey.

Póngase en contacto con nosotros

Teléfono: 866-901-3212

Fax: 805-437-8308

Correo electrónico: DCSS.Outreach@ventura.org

Traducir descargo de responsabilidad

El sitio web venturacounty.gov ha sido traducido para su comodidad utilizando el software de traducción de Google Translate. Se han hecho esfuerzos razonables para proporcionar una traducción exacta, sin embargo, ninguna traducción automática es perfecta ni pretende sustituir a los traductores humanos. Las traducciones se ofrecen como un servicio a los usuarios del sitio web Ventura.org, y se proporcionan "tal cual". No se ofrece ningún tipo de garantía, expresa o implícita, sobre la exactitud, fiabilidad o corrección de las traducciones realizadas del inglés a cualquier otro idioma. Algunos contenidos (como imágenes, vídeos, Flash, etc.) pueden no ser traducidos con precisión debido a las limitaciones del software de traducción.

El texto oficial es la versión inglesa del sitio web. Las discrepancias o diferencias creadas en la traducción no son vinculantes y no tienen efectos jurídicos a efectos de cumplimiento o ejecución. Si surge alguna duda relacionada con la exactitud de la información contenida en el sitio web traducido, remítase a la versión inglesa del sitio web, que es la versión oficial.