Comisión de la Función Pública

Misión
Proteger los derechos de los empleados de la función pública y mantener la integridad del sistema de la función pública actuando como órgano de resolución independiente e imparcial encargado de celebrar audiencias de apelación disciplinarias y de resolver asuntos relacionados con prácticas laborales desleales, quejas por discriminación, apelaciones de exámenes y cuestiones de representación de los empleados.
Comisión de la Función Pública Antecedentes
Los votantes del condado de Ventura aprobaron la Ordenanza nº 382 por la que se creaba un sistema de función pública en 1944. El sistema se establece ahora en la Ordenanza de Servicio Civil, es decir, las secciones 1341 a 1352-24 del Código de Ordenanzas del Condado de Ventura. La ordenanza está autorizada por la sección 31100 y siguientes del Código de Gobierno.
La Comisión de la Función Pública es una comisión de jurisdicción limitada. No tiene facultades excepto las que se le han conferido expresamente o las que se desprenden necesariamente de ellas. (Ferdig v. State Personnel Bd. (1969) 71 Cal.2d 96; Wheeler v. City of Santa Ana (1947) 81 Cal.App.2d 811.)
La Comisión de Administración Pública tiene el deber de garantizar que se nombre a personas cualificadas para el servicio del Condado de Ventura. La Comisión actúa como una Junta de Revisión para escuchar las peticiones de los empleados de la administración pública y los solicitantes de puestos en la administración pública, y para conceder o denegar dichas peticiones.
Cada uno de los cinco miembros de la comisión son voluntarios y son nombrados por la Junta de Supervisores. Deben estar registrados como votantes y ser residentes del condado de Ventura y no pueden ocupar ningún cargo remunerado ni ser empleados del condado de Ventura.
Qué hacemos
- Reuniones ordinarias
- Calendario de audiencias
- Representación
- Audiencias disciplinarias
- Dimisiones involuntarias
- Baja voluntaria
- Recursos de decisiones adversas y procedimientos en exámenes y ascensos por designación
- Recursos de examen
- Denegaciones de ascenso por designación
- Las peticiones insuficientes pueden enmendarse una vez
- Determinación de la unidad de negociación
- Prácticas desleales y otras infracciones de las normas de personal que rigen las relaciones entre empresarios y trabajadores
- Prácticas discriminatorias
- Reclamaciones
- Recursos contra los reconocimientos médicos
- Investigaciones y audiencias
- Recomendaciones de modificación de las normas de personal
Formularios
El Formulario de Apelación para Acciones Disciplinarias puede utilizarse (pero no es obligatorio) para presentar una apelación ante la Comisión de Servicio Civil del Condado de Ventura de conformidad con el Artículo 21 de las Normas y Regulaciones de Personal del Condado de Ventura (Artículo 21) y el Artículo 4, Capítulo 3, División 1 del Código de Ordenanzas del Condado de Ventura (Ordenanza del Sistema de Servicio Civil). Por favor, rellene el formulario pdf rellenable en línea o descargue el formulario imprimible para rellenar a mano. Tenga en cuenta que, independientemente del formulario utilizado, el formulario de recurso debe ser impreso y firmado a mano antes de su presentación a la Comisión de la Función Pública. Consulte la sección Instrucciones del formulario para obtener información sobre la presentación.
Cómo ponerse en contacto con nosotros
COMISIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
800 SOUTH VICTORIA AVENUE, L#1500
VENTURA, CALIFORNIA 93009-1500
TELÉFONO: 805-662-6787
NÚMERO DE FAX: 805-662-6790
CORREO ELECTRÓNICO: cheryl.shaw@ventura.org
ASISTENTE DE LA COMISIÓN: CHERYL SHAW