SECRETARIO DE LA JUNTA DE SUPERVISORES
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Solicitud de registros públicos
El condado de Ventura está comprometido con la transparencia y con facilitar el acceso a los registros públicos de conformidad con la Ley de Registros Públicos de California (CPRA). Toda la información contenida en una solicitud CPRA, incluida la información del solicitante, se considera un registro público y puede estar sujeta a inspección pública, de conformidad con la Sección del Código de Gobierno 7920.530. El solicitante deberá abonar las tasas aplicables, que se establecen de conformidad con la sección del Código de Gobierno 54985para recuperar el coste de proporcionar copias de los registros de conformidad con la Ley de Registros Públicos, incluidos, entre otros, los gastos de envío. (Ordenanza nº 4627 del condado de Ventura).
Cómo presentar una solicitud de información pública
El condado de Ventura cuenta con un Portal de Registros Públicos que permite a cualquier persona presentar una solicitud. Por favor, visite el portal para enviar una nueva solicitud.
Información sobre la presentación de solicitudes CPRA
El Condado está sujeto a las leyes de California relativas a los registros públicos. Toda la información contenida en una solicitud CPRA, incluida la información del solicitante, se considera registro público y puede estar sujeta a inspección pública, de conformidad con la Sección del Código de Gobierno 7920.530.
Consulte el Sección de preguntas frecuentes al final de esta página.
Registros públicos
De conformidad con Sección 7920.530 del Código de Gobiernoun registro público se define como "cualquier escrito que contenga información relativa a la gestión de los asuntos públicos preparado, poseído, utilizado o conservado por cualquier organismo estatal o local, independientemente de su forma física o sus características".
Las solicitudes de registros públicos pueden utilizarse para obtener "registros del organismo", que incluyen una amplia variedad de documentos y otros materiales (incluidos formatos impresos, fotográficos y electrónicos) creados u obtenidos por el organismo y que, en el momento en que se presenta la solicitud, están en posesión y bajo el control del organismo. En respuesta a las solicitudes de registros públicos, el Condado de Ventura presentará los registros públicos no exentos que conserve y que respondan a la solicitud. Sin embargo, la CPRA excluye ciertas categorías de registros de la divulgación, y el Condado no divulgará los registros exentos, que incluyen, pero no se limitan a, los siguientes registros en respuesta a una solicitud:
- en la medida en que la solicitud se refiera a borradores preliminares, notas o memorandos interinstitucionales o intrainstitucionales que el Condado no conserve en el curso ordinario de sus actividades. (Código de Gobernación, artículo 7927.500)
- en la medida en que la solicitud se refiera a expedientes relativos a litigios pendientes en los que el Condado de Ventura sea parte, o a reclamaciones presentadas de conformidad con la División 3.6 (que comienza con el artículo 810), hasta que el litigio o la reclamación pendientes hayan sido resueltos definitivamente o resueltos de otro modo. (Código de Gobierno, artículo 7927.200)
- en la medida en que la solicitud se refiera a documentos cuya divulgación esté exenta o prohibida en virtud de la legislación federal o estatal, incluidas, entre otras, las disposiciones del Código de Pruebas relativas al secreto profesional. Esto incluye, entre otros, los documentos sujetos a los privilegios abogado-cliente, abogado-producto del trabajo, médico-paciente e información oficial, así como los documentos exentos de divulgación en virtud de la Ley de Confidencialidad de la Información Médica y la Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico. (Secciones del Código del Gobierno 7927.700 y 7927.705)
- en la medida en que la solicitud busque registros exentos por formar parte del proceso deliberativo del gobierno local. (Secciones del Código del Gobierno 7927.705 y 7922.000)
- en la medida en que el interés público atendido al no divulgar las comunicaciones supere claramente el interés público atendido al divulgar la comunicación. (Código de Gobernación, sección 7922.000)
Registros públicos
Muchos registros del condado están disponibles en línea o deben obtenerse siguiendo un proceso específico. Visite Registros disponibles en línea o mediante un proceso diferente para revisar estos registros.
Se recomienda encarecidamente a los solicitantes que faciliten al menos algunos datos de contacto. Proporcionar una dirección de correo electrónico le permitirá iniciar sesión en el portal para ver su solicitud y acceder a los registros que se cargan en su solicitud. Además, esto permitirá al personal del Condado enviarle notificaciones sobre el estado de su solicitud.
La información de contacto de los solicitantes no se publica en el portal. Sin embargo, toda la información enviada y recibida por cualquier empleado del Condado está sujeta a la CPRA; por lo tanto, cualquier comunicación y dato intercambiado o proporcionado al Condado es un registro público y puede ser divulgado en respuesta a una solicitud de registros públicos.
El Condado recomienda encarecidamente incluir detalles que faciliten una búsqueda bien enfocada:
- Describa la naturaleza del registro que solicita y/o facilite el nombre o número de identificación de los registros según su leal saber y entender.
- Indique el marco temporal o el intervalo de fechas que le interesa, por ejemplo: Ejercicio fiscal 2021 o desde febrero de 2020 hasta la actualidad.
- Cuando sea posible, identifique los departamentos y/o empleados del Condado que puedan estar implicados en el asunto.
- Evite las abreviaturas.
- Cuando proceda, indique direcciones concretas, números de manzana (por ejemplo, la manzana 500 de Plaza Blvd) o una intersección.
De conformidad con la Ordenanza del Condado de Ventura núm. 4627la cantidad razonablemente necesaria para recuperar el coste de proporcionar la copia es la siguiente:
A. Un cargo por página igual a la tarifa de copia por página vigente aprobada por la Junta de Supervisores.
B. Si la respuesta requiere la duplicación en un soporte que no sea papel de copia de 8 ½ por 11, en lugar del coste por página se utilizará la cantidad razonablemente necesaria para recuperar el coste de dicho soporte y de cualquier equipo necesario para la duplicación.
C. Todos los demás gastos ocasionados por el suministro de la copia, incluidos, entre otros, los gastos de correo y envío.
A continuación se muestra el enlace de acceso público para investigar las Ordenanzas del Condado de Ventura:
https://www.venturacounty.gov/county-executive-office/clerk-of-the-board/ordinances/
A continuación encontrará el enlace de acceso público para investigar los registros de la Junta de Supervisores:
https://www.venturacounty.gov/government/meetings-and-broadcasts/
Nuestro sitio web le permite buscar en los registros de la Junta de Supervisores desde 1873 hasta la actualidad. Para encontrar documentos relacionados con su consulta, introduzca palabras clave en el campo de búsqueda "Subject Keyword". El campo de búsqueda "Fecha de reunión" también puede utilizarse para buscar por intervalo de fechas. La columna del asunto proporciona información general sobre cada documento. Para solicitar un documento, indique la fecha de la reunión y el número de orden del documento solicitado.
El enlace de acceso público para consultar los registros de la Junta de Supervisores se encuentra aquí https://www.venturacounty.gov/research-cob-public-records/
La ordenanza de planificación de la Agencia de Gestión de Recursos puede consultarse en su página web https://vcrma.org/planning-division-ordinances.
El Código de Construcción del Condado de Ventura se puede acceder visitando la Agencia de Gestión de Recursos de Construcción y Seguridad de la página web en https://vcrma.org/building-codes-and-permits.
Puede adquirir una copia impresa o electrónica del Código de Incendios de California en shop.iccsafe.org.
La copia electrónica en línea del Código de Incendios de California está disponible gratuitamente en up.codes. La función de búsqueda no está disponible con esta versión gratuita.
El Código de Incendios del Condado de Ventura es el Código de Incendios de California más las enmiendas locales. Las enmiendas locales se pueden encontrar en https://vcfd.org/fire-prevention/ordinances-and-fees.
Se puede acceder a los registros vitales a través de la Oficina del Secretario y Registrador en https://recorder.countyofventura.org/county-recorder/county-recorder/vital-records/vital-record-documents/.