Anuncio: Nuestro dominio ha cambiado a venturacounty.gov/grand-jury. Por favor, actualice sus marcadores.

Conviértase en Gran Jurado

¿Quién puede formar parte del Gran Jurado?
Por ley, para ser miembro de un gran jurado una persona debe: (1) ser ciudadano de los Estados Unidos, mayor de 18 años; (2) haber sido residente del Condado de Ventura durante un año inmediatamente antes de ser seleccionado; (3) ser de inteligencia ordinaria, buen juicio y buen carácter; y (4) tener suficiente conocimiento de inglés para entender e informar sobre los asuntos del gran jurado. Se valorarán muy positivamente los conocimientos básicos de informática.

Una persona no puede formar parte del gran jurado si (1) está sirviendo actualmente como jurado de un juicio; (2) ha sido destituido como gran jurado en cualquier tribunal de California en el plazo de un año; (3) ha sido condenado por mala conducta en el cargo o cualquier delito grave o alto crimen; o (4) está sirviendo como funcionario público electo.

Por ley, todos los miembros del gran jurado deben cumplimentar un formulario de declaración de intereses económicos (Formulario 700, Declaración de intereses económicos). Este formulario debe presentarse dentro de los 30 días siguientes a su juramento como miembro del gran jurado, anualmente, y de nuevo dentro de los 30 días siguientes a la finalización del servicio como gran jurado.

¿Cuál es el tiempo de dedicación y la remuneración del servicio de gran jurado?
El servicio de gran jurado tiene una duración de 12 meses, que comienza el 1 de julio y termina el 30 de junio siguiente. Debido al número de investigaciones realizadas y a la complejidad de los procesos de investigación y redacción de informes, los jurados deben prever una dedicación de entre 15 y 35 horas semanales durante la mayor parte de su mandato.

Cada gran jurado establece su propio calendario de trabajo. Históricamente, las reuniones del comité se celebran de martes a jueves. Los lunes y viernes se utilizan para visitas protocolarias, entrevistas y otras tareas. Durante la reunión general semanal es vital contar con un panel completo de jurados para que el debate y la toma de decisiones sean productivos. El tiempo libre se coordina con el presidente del jurado.

Los miembros del Gran Jurado reciben un estipendio de $25 al día por los días reales de servicio, excluido el trabajo realizado en casa. Además, reciben una asignación por kilometraje (a la tasa actual del IRS) por las millas recorridas hacia y desde las cámaras u otros lugares especificados. La Cámara del Jurado se encuentra cerca del Centro Gubernamental del Condado de Ventura, en Ventura. Se proporciona aparcamiento gratuito.

¿Cómo se elige a una persona para el gran jurado?
Se insta a los residentes que reúnan los requisitos arriba indicados a que soliciten formar parte del Gran Jurado rellenando la "Solicitud y Cuestionario del Gran Jurado". Las solicitudes estarán disponibles y se aceptarán entre enero y mediados de abril de cada año. Todos los solicitantes son sometidos a una verificación de antecedentes y entrevistados por los jurados salientes.

A continuación, las solicitudes, junto con las notas y recomendaciones, se remiten a un comité de jueces. Este comité revisa todas las solicitudes y selecciona a 30 personas para un panel de gran jurado propuesto. Los jueces se esfuerzan por elegir un grupo diverso de solicitantes de todas las partes del condado. Hasta 10 jurados actuales pueden servir un segundo mandato a discreción del juez que preside. Ninguna persona puede servir durante más de dos mandatos consecutivos.

La lista de 30 personas es revisada y aprobada por el presidente del tribunal. A finales de junio, todos los miembros del panel propuesto asisten a una orientación de dos días sobre la organización y las funciones del gran jurado. El 1 de julio o alrededor de esa fecha, los puestos del panel que no se cubren con jurados "transferidos" se cubren por sorteo. Los que no son seleccionados quedan disponibles como suplentes para cubrir cualquier puesto que pueda quedar vacante durante el año. A continuación, el presidente del tribunal toma juramento a los 19 miembros.

Los miembros del público interesados en solicitar el servicio de Gran Jurado pueden ponerse en contacto con el Gran Jurado por teléfono llamando al 805-477-1600 o por correo a Ventura Superior Court, Jury Services Department, 800 South Victoria Ave., Rm. 113, Ventura, CA 93009. La "Solicitud y Cuestionario del Gran Jurado" también puede descargarse aquí:

Descargar la solicitud y el cuestionario del Gran Jurado

Traducir descargo de responsabilidad

El sitio web venturacounty.gov ha sido traducido para su comodidad utilizando el software de traducción de Google Translate. Se han hecho esfuerzos razonables para proporcionar una traducción exacta, sin embargo, ninguna traducción automática es perfecta ni pretende sustituir a los traductores humanos. Las traducciones se ofrecen como un servicio a los usuarios del sitio web Ventura.org, y se proporcionan "tal cual". No se ofrece ningún tipo de garantía, expresa o implícita, sobre la exactitud, fiabilidad o corrección de las traducciones realizadas del inglés a cualquier otro idioma. Algunos contenidos (como imágenes, vídeos, Flash, etc.) pueden no ser traducidos con precisión debido a las limitaciones del software de traducción.

El texto oficial es la versión inglesa del sitio web. Las discrepancias o diferencias creadas en la traducción no son vinculantes y no tienen efectos jurídicos a efectos de cumplimiento o ejecución. Si surge alguna duda relacionada con la exactitud de la información contenida en el sitio web traducido, remítase a la versión inglesa del sitio web, que es la versión oficial.