IHSS: Preguntas más frecuentes
Enlaces útiles
- Folleto IHSS (in English)
- Archivo del boletín electrónico para proveedores de IHSS
- Información sobre los requisitos
- Agencia de la Tercera Edad del Condado de Ventura
- Conozca las opciones de cuidados de larga duración
- Trasladarse a una residencia asistida
- Recursos sanitarios para la tercera edad
- Prestaciones de veteranos para personas mayores
- Cómo denunciar el fraude a Medi-Cal
- Datos IHSS
Los Servicios de Apoyo a Domicilio (IHSS) proporcionan a las personas con bajos ingresos que están ciego, desactivadoo mayores de 65 años con asistencia personal y servicios a domicilio para que puedan permanecer con seguridad en sus casas o seguir trabajando. Los servicios van desde la asistencia en las tareas domésticas hasta el cuidado personal y servicios paramédicos. El IHSS se considera a menudo una alternativa a la vida asistida o a los centros de enfermería.
Los residentes en California pueden solicitar IHSS si:
- Tiene derecho a SSI/SSP o Medi-Cal Y
- Es ciego, discapacitado O tiene 65 años o más Y
- Vive en una casa, apartamento o residencia de su elección (excluidos hospitales, residencias de ancianos, residencias asistidas o centros de asistencia autorizados) Y
- No pueden vivir con seguridad en casa sin cuidados.
Si usted ya tiene Medi-Cal o una vez que esté aprobado para ello, usted puede venir a la oficina o llame al 805-654-3236 para presentar una solicitud, o por fax su solicitud completa a 805-654-3206, o por correo electrónico a HSA-IHSS-Applications@VenturaCounty.gov.
Una vez recibida su solicitud y el certificado de asistencia sanitaria, un trabajador social acudirá a su domicilio para realizar una evaluación de sus capacidades y limitaciones mentales y físicas con el fin de determinar si reúne los requisitos para participar en el programa.
Después de la evaluación a domicilio con un trabajador social, IHSS le enviará una carta llamada Notificación de Acción en la que se le comunicará si se le han aprobado o denegado los servicios. Si se aprueban, se le notificarán los servicios y el número de horas autorizadas para cada servicio. Si se le deniegan los servicios o no está conforme con el número de horas autorizado, tiene derecho a recurso solicitando una audiencia estatal. El reverso de la Notificación de Acción contiene información sobre cómo apelar.
Si tiene Medi-Cal sin participación en los gastos (SOC), no tendrá que pagar por los servicios.
Su parte del coste es una cantidad mensual fija similar a un deducible que calcula el programa Medi-Cal en función de sus ingresos. IHSS no determina su SOC; sin embargo, a los proveedores de IHSS se les paga a través de la financiación de Medi-Cal y, por lo tanto, su SOC de Medi-Cal se aplica a sus servicios de IHSS. Después de pagar su SOC cada mes, Medi-Cal pagará a su proveedor por las horas restantes trabajadas en el mes.
Los servicios IHSS autorizados pueden incluir:
- Servicios domésticos (limpieza del hogar, compras, preparación de comidas y lavandería)
- Cuidados personales (vestirse, bañarse, ir al baño, alimentarse, cuidado de esfínteres, deambulación y traslado)
- Servicios paramédicos (ayuda con inyecciones, cuidados de colostomía y catéteres, etc., bajo la dirección de un profesional sanitario autorizado).
- Acompañamiento a una cita médica cuando las tareas de IHSS deban prestarse en tránsito o durante la cita. El acompañamiento no está cubierto únicamente a efectos de transporte.
- Supervisión protectora (para personas que, debido a una deficiencia mental o enfermedad mental, necesitan ser observadas las 24 horas del día para protegerlas de lesiones, peligros o accidentes).
Sí, si el familiar está autorizado a trabajar en EE.UU. y cumple todos los demás requisitos de elegibilidad del proveedor de IHSS.
Cuando se traslade a otro condado, deberá ponerse en contacto con su trabajador social para facilitarle información sobre el condado al que se traslada, la fecha del traslado y su nueva dirección y número de teléfono. Es importante que avise a su trabajador social de IHSS antes de mudarse para que pueda iniciarse el proceso de traslado entre condados y evitar así cualquier interrupción de sus servicios.
Si no conoce a nadie que pueda proporcionarle los servicios de IHSS, comuníquese con la oficina de la autoridad pública local para obtener ayuda.
No. Si vive en una residencia de ancianos o en otro centro de vida asistida, no tiene derecho a IHSS. Si tiene previsto vivir en su propia casa en el futuro, puede solicitar IHSS mientras esté en el centro. Un empleado de IHSS puede hacer una evaluación de las necesidades mientras siga residiendo en el centro. Una vez que abandone el centro y se instale en su propio domicilio, IHSS realizará otra evaluación en su casa.
Usted, el destinatario de Servicios de apoyo a domicilio (IHSS), o su representante autorizado, son responsables de contratar, despedir y supervisar a su cuidador.
Sí. Cuando un proveedor trabaja para más de un beneficiario, no puede superar las 66 horas semanales de trabajo.