Anuncio: Nuestro dominio ha cambiado a venturacounty.gov/human-services-agency. Por favor, actualice sus marcadores.

Línea directa sobre maltrato y abandono de niños y adultos: 805-654-3200

Programa de exención de tasas universitarias de California

En agradecimiento por su servicio, el Programa de Exención de Cuotas Universitarias (CCFW) del Departamento de Asuntos de Veteranos de California CAL-VET proporciona beneficios de educación superior a los dependientes de veteranos fallecidos o veteranos con discapacidades relacionados con el servicio.

Admisibilidad

Los beneficiarios de la prestación CCFW son los hijos a cargo, el cónyuge, la pareja de hecho registrada (RDP) o el cónyuge superviviente soltero o RDP de un veterano con una discapacidad relacionada con el servicio o de un veterano fallecido cuyo fallecimiento estuvo relacionado con el servicio.

Los estudiantes elegibles son:

  • Residentes en el Estado de California,
  • Las prestaciones se conceden por curso académico.
  • Es necesario volver a presentar la solicitud cada año para seguir percibiendo las prestaciones.

Las universidades incluidas en el programa CCFW son:

  • Campus de la Universidad de California
  • Universidades estatales de California
  • Colegios comunitarios del Estado de California

Requisitos

Los estudiantes deben cumplir todos los requisitos de al menos uno de los tres planes siguientes:

Graduate Youth

¿Preguntas?

Para saber más sobre los requisitos y cómo solicitar el Programa de exención de tasas universitarias, envíe un correo electrónico a HSA-Veterans@venturacounty.gov.

PlanAdmisibilidadIngresosEdadOtros
AHijo, cónyuge, pareja de hecho registrada (RDP) o cónyuge superviviente soltero o RDP de un veterano 100% discapacitado o fallecido por causas relacionadas con el servicio durante un periodo de guerra admisible.Sin restricciones de ingresosEl hijo debe obtener el derecho antes de los 21 años, tener más de 14 años y menos de 27, salvo que el hijo sea también veterano de guerra, en cuyo caso el plazo se amplía hasta los 30 años. No hay límite de edad para el cónyuge, el RDP o el cónyuge superviviente no casado.Un estudiante no puede recibir beneficios del Capítulo 35 del Departamento de Asuntos de Veteranos de EE.UU. y del CCFW durante el mismo año académico.
BHijo de un veterano que tenga una discapacidad relacionada con el servicio o que haya fallecido por causas relacionadas con el servicio.Los ingresos anuales del hijo no pueden superar $15.225* para el curso escolar 2023-24.Sin límite de edad*Definido como el total de los ingresos brutos ajustados más el valor de la manutención de los padres durante el año anterior. La cantidad se cambia cada año académico, llame al 805-477-5155 para obtener la cantidad actual o vaya en línea a CAL-VET California College Fee Waiver Program.
CCualquier dependiente, cónyuge, pareja de hecho registrada (RDP) o cónyuge supérstite no casado de un miembro de la Guardia Nacional de California que sufra una discapacidad permanente, haya fallecido por una discapacidad derivada de un suceso ocurrido durante el servicio activo o haya fallecido durante el servicio activo del Estado. Sin límite de ingresos.Sin límite de edad.Por servicio activo del Estado se entiende un miembro de la Guardia Nacional de California activado en virtud del artículo 146 del Código Militar y de Veteranos.

Cómo solicitarlo

Solicitud y formularios necesarios

Para solicitar el programa de exención de tasas universitarias de California, el estudiante debe presentar una solicitud completa de aplicación junto con los siguientes formularios:

  • Prueba de la relación entre el veterano y el estudiante/dependiente, por ejemplo, certificado de nacimiento o certificado de matrimonio.
  • Una copia de la carta de concesión del Departamento de Asuntos de Veteranos o del Departamento de Defensa del veterano.

Para los estudiantes que solicitan las prestaciones de los planes A, B, C o D:

  • Formulario 1040 del impuesto federal sobre la renta del año anterior o formulario estatal 540
  • Si el estudiante está casado, deberá presentar una copia de la declaración de la renta conjunta y copias de los formularios W-2 y/o 1099 del estudiante para demostrar que los ingresos del dependiente no superan el límite de ingresos, si procede.
  • Si el estudiante declara unos ingresos brutos ajustados de $0 y un valor de manutención de $0, deberá presentar una declaración escrita en la que explique cómo se mantiene a sí mismo.
  • Si el estudiante no tenía ingresos declarables y no presentó declaración de la renta, tendrá que solicitar un Carta de verificación de no presentación del Internal Revenue Service (IRS) o una declaración del CA Franchise Tax Board (FTB).
  • Para obtener la carta de no presentación del IRS pulse aquí o llame a la oficina local del IRS 805-445-4771, IRS 800-829-1040. Para una declaración FTB llame al 800-829-4059.

Les pièces de demande complètes peuvent être envoyées par courrier, par fax 805-477-5418, ou entregrées en main à l'Office des Services aux Anciens Combattants situé à 2000 Outlet Center Drive, Suite C-220, Oxnard, CA 93036. Por favor, espere diez (10) días hábiles para su procesamiento. Llame al 805-477-5155 si tiene alguna pregunta.

Traducir descargo de responsabilidad

El sitio web venturacounty.gov ha sido traducido para su comodidad utilizando el software de traducción de Google Translate. Se han hecho esfuerzos razonables para proporcionar una traducción exacta, sin embargo, ninguna traducción automática es perfecta ni pretende sustituir a los traductores humanos. Las traducciones se ofrecen como un servicio a los usuarios del sitio web Ventura.org, y se proporcionan "tal cual". No se ofrece ningún tipo de garantía, expresa o implícita, sobre la exactitud, fiabilidad o corrección de las traducciones realizadas del inglés a cualquier otro idioma. Algunos contenidos (como imágenes, vídeos, Flash, etc.) pueden no ser traducidos con precisión debido a las limitaciones del software de traducción.

El texto oficial es la versión inglesa del sitio web. Las discrepancias o diferencias creadas en la traducción no son vinculantes y no tienen efectos jurídicos a efectos de cumplimiento o ejecución. Si surge alguna duda relacionada con la exactitud de la información contenida en el sitio web traducido, remítase a la versión inglesa del sitio web, que es la versión oficial.