Anuncio: Nuestro dominio ha cambiado a venturacounty.gov/human-services-agency. Por favor, actualice sus marcadores.

Línea directa sobre maltrato y abandono de niños y adultos: 805-654-3200

IHSS: Preguntas más frecuentes

¿Qué es el IHSS?

Los Servicios de Apoyo a Domicilio (IHSS) proporcionan a las personas con bajos ingresos que están ciegodesactivadoo mayores de 65 años con asistencia personal y servicios a domicilio para que puedan permanecer con seguridad en sus casas o seguir trabajando. Los servicios van desde la asistencia en las tareas domésticas hasta el cuidado personal y servicios paramédicos. El IHSS se considera a menudo una alternativa a la vida asistida o a los centros de enfermería.

¿Quién puede solicitar IHSS?

Los residentes en California pueden solicitar IHSS si:

  • Tiene derecho a SSI/SSP o Medi-Cal Y
  • Es ciego, discapacitado O tiene 65 años o más Y
  • Vive en una casa, apartamento o residencia de su elección (excluidos hospitales, residencias de ancianos, residencias asistidas o centros de asistencia autorizados) Y
  • No pueden vivir con seguridad en casa sin cuidados.
¿Cómo solicito asistencia?

Si usted ya tiene Medi-Cal o una vez que esté aprobado para ello, usted puede venir a la oficina o llame al 805-654-3236 para presentar una solicitud, o por fax su solicitud completa a 805-654-3206, o por correo electrónico a HSA-IHSS-Applications@VenturaCounty.gov.

Una vez recibida su solicitud y el certificado de asistencia sanitaria, un trabajador social acudirá a su domicilio para realizar una evaluación de sus capacidades y limitaciones mentales y físicas con el fin de determinar si reúne los requisitos para participar en el programa.

¿Cómo puedo saber si tengo derecho a IHSS?

Después de la evaluación a domicilio con un trabajador social, IHSS le enviará una carta llamada Notificación de Acción en la que se le comunicará si se le han aprobado o denegado los servicios. Si se aprueban, se le notificarán los servicios y el número de horas autorizadas para cada servicio. Si se le deniegan los servicios o no está conforme con el número de horas autorizado, tiene derecho a recurso solicitando una audiencia estatal. El reverso de la Notificación de Acción contiene información sobre cómo apelar.

¿Tendré que pagar por los servicios IHSS?

Si tiene Medi-Cal sin participación en los gastos (SOC), no tendrá que pagar por los servicios.

Su parte del coste es una cantidad mensual fija similar a un deducible que calcula el programa Medi-Cal en función de sus ingresos. IHSS no determina su SOC; sin embargo, a los proveedores de IHSS se les paga a través de la financiación de Medi-Cal y, por lo tanto, su SOC de Medi-Cal se aplica a sus servicios de IHSS. Después de pagar su SOC cada mes, Medi-Cal pagará a su proveedor por las horas restantes trabajadas en el mes.

¿En qué me puede ayudar mi proveedor?

Los servicios IHSS autorizados pueden incluir:

  • Servicios domésticos (limpieza del hogar, compras, preparación de comidas y lavandería)
  • Cuidados personales (vestirse, bañarse, ir al baño, alimentarse, cuidado de esfínteres, deambulación y traslado)
  • Servicios paramédicos (ayuda con inyecciones, cuidados de colostomía y catéteres, etc., bajo la dirección de un profesional sanitario autorizado).
  • Acompañamiento a una cita médica cuando las tareas de IHSS deban prestarse en tránsito o durante la cita. El acompañamiento no está cubierto únicamente a efectos de transporte.
  • Supervisión protectora (para personas que, debido a una deficiencia mental o enfermedad mental, necesitan ser observadas las 24 horas del día para protegerlas de lesiones, peligros o accidentes).
¿Puede atenderme un familiar?

Sí, si el familiar está autorizado a trabajar en EE.UU. y cumple todos los demás requisitos de elegibilidad del proveedor de IHSS.

¿Puedo conservar mis servicios si me mudo a otro condado?

Cuando se traslade a otro condado, deberá ponerse en contacto con su trabajador social para facilitarle información sobre el condado al que se traslada, la fecha del traslado y su nueva dirección y número de teléfono. Es importante que avise a su trabajador social de IHSS antes de mudarse para que pueda iniciarse el proceso de traslado entre condados y evitar así cualquier interrupción de sus servicios.

Si no conoce a nadie que pueda proporcionarle los servicios de IHSS, comuníquese con la oficina de la autoridad pública local para obtener ayuda.

Vivo en una residencia asistida. ¿Puedo utilizar el IHSS?

No. Si vive en una residencia de ancianos o en otro centro de vida asistida, no tiene derecho a IHSS. Si tiene previsto vivir en su propia casa en el futuro, puede solicitar IHSS mientras esté en el centro. Un empleado de IHSS puede hacer una evaluación de las necesidades mientras siga residiendo en el centro. Una vez que abandone el centro y se instale en su propio domicilio, IHSS realizará otra evaluación en su casa.

¿Quién contrata y supervisa a mi cuidador IHSS?

Usted, el destinatario de Servicios de apoyo a domicilio (IHSS), o su representante autorizado, son responsables de contratar, despedir y supervisar a su cuidador.

Mi proveedor trabaja con otros beneficiarios. Afecta eso a cuánto podemos trabajar juntos?

Sí. Cuando un proveedor trabaja para más de un beneficiario, no puede superar las 66 horas semanales de trabajo.

Traducir descargo de responsabilidad

El sitio web venturacounty.gov ha sido traducido para su comodidad utilizando el software de traducción de Google Translate. Se han hecho esfuerzos razonables para proporcionar una traducción exacta, sin embargo, ninguna traducción automática es perfecta ni pretende sustituir a los traductores humanos. Las traducciones se ofrecen como un servicio a los usuarios del sitio web Ventura.org, y se proporcionan "tal cual". No se ofrece ningún tipo de garantía, expresa o implícita, sobre la exactitud, fiabilidad o corrección de las traducciones realizadas del inglés a cualquier otro idioma. Algunos contenidos (como imágenes, vídeos, Flash, etc.) pueden no ser traducidos con precisión debido a las limitaciones del software de traducción.

El texto oficial es la versión inglesa del sitio web. Las discrepancias o diferencias creadas en la traducción no son vinculantes y no tienen efectos jurídicos a efectos de cumplimiento o ejecución. Si surge alguna duda relacionada con la exactitud de la información contenida en el sitio web traducido, remítase a la versión inglesa del sitio web, que es la versión oficial.