¿Es usted veterano y está pensando en obtener un título o una formación profesional? Infórmese de cómo el Ley GI posterior al 11-S puede ayudar a sufragar los gastos de matrícula, alojamiento, libros de texto, material escolar y, en ocasiones, servicios de traslado si el beneficiario procede de una zona rural. Averigüe cómo el Ley GI posterior al 11-Sgestionado por elDepartamento de Asuntos de los Veteranos de EE.UU. (VA)puede ayudarle hoy.
¿Quién puede percibir prestaciones?
Para poder recibir prestaciones de la Ley GI posterior al 11-Sdebe cumplir lo siguiente:
- Sirvió al menos 90 días en servicio activo (de una sola vez o con interrupciones en el servicio) el 11 de septiembre de 2001 o después;
- Recibió un Corazón Púrpura el 11 de septiembre de 2001 o después, y fue dado de baja con honores después de cualquier tiempo de servicio;
- Sirvió al menos 30 días ininterrumpidos a partir del 11 de septiembre de 2001 y fue licenciado con honores con una discapacidad relacionada con el servicio; o bien
- Es un hijo a cargo que utiliza las prestaciones transferidas por un veterano o militar que cumple los requisitos.
¿Qué tipo de prestaciones puedo recibir?
Las personas que reúnan los requisitos pueden recibir hasta 36 meses de prestaciones, que incluyen:
- Matrícula y tasas:Si cumples los requisitos para recibir el máximo beneficio, la Ley GI posterior al 11 de septiembre cubrirá el coste total de la matrícula y las tasas públicas, dentro del estado. Tenga en cuenta que el Departamento de Asuntos de Veteranos limita las tasas para las escuelas privadas y extranjeras. Estas tasas pueden cambiar año tras año, pero puedes consultar las tasas actuales en el sitio web del VA;
- Dinero para la vivienda (si estudias más de media jornada):La VA basa su subsidio mensual de alojamiento en el coste de la vida en el lugar donde se encuentra su centro de estudios;
- Dinero para libros y material:Los beneficiarios pueden recibir hasta $1.000 por curso escolar;
- Dinero para ayudarte a trasladarte desde una zona rural para ir a la escuela:Puedes optar a un pago único de $500 si vives en un condado con seis o menos habitantes por milla cuadrada y te vas a desplazar al menos 500 millas para ir a la escuela o no tienes otra opción que volar en avión para llegar a tu centro de estudios.
Cada persona que cumpla los requisitos recibirá una prestación que dependerá de la duración de su servicio activo desde el 10 de septiembre de 2001. El VA calculará este importe en función del porcentaje de la prestación máxima.
¿Cómo se solicita?
Para rellenar una solicitud, utiliceFormulario VA 22-1990"Solicitud de Beneficios Educativos VA". Puede completar la solicitud en línea.
¿Dónde puedo encontrar otras prestaciones para veteranos?
Visite elBúsqueda por agenciapara filtrar su búsqueda de programas de prestaciones por organismo. Por ejemplo, puede buscar programas ofrecidos por la VA en Benefits.gov. Benefits.gov proporciona información sobre una variedad de recursos para los miembros de las fuerzas armadas y sus familias, tales como préstamos para la vivienda, asistencia sanitaria, asesoramiento y asistencia profesional, y usted puede comprobar su elegibilidad utilizando la página Buscador de prestaciones cuestionario.
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Título: Beneficios de formación profesional y universitaria para veteranos
¿Es usted un veterano que está considerando obtener un título o una formación profesional? Conozca cómo el proyecto de ley GI Post-9/11 puede ayudar con los costos de matrícula, vivienda, libros de texto, útiles escolares y, ocasionalmente, servicios de reubicación si el destinatario es de un área rural. Descubra cómo la Ley GI posterior al 11 de septiembre, administrada por el Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) de EE. UU., puede ayudarle hoy.
¿Quién es elegible para recibir prestaciones?
Para ser elegible para recibir beneficios de la Ley GI posterior al 9/11, debe cumplir con lo siguiente:
- Sirvió al menos 90 días en servicio activo (ya sea de una vez o con interrupciones en el servicio) el 11 de septiembre de 2001 o después;
- Recibió un Corazón Púrpura a partir del 11 de septiembre de 2001 y fue dado de baja honorablemente después de cualquier cantidad de servicio;
- Sirvió al menos 30 días continuos a partir del 11 de septiembre de 2001 y fue dado de alta honorablemente con una discapacidad relacionada con el servicio; o
- Es un hijo dependiente que utiliza beneficios transferidos por un veterano calificado o miembro del servicio.
¿Qué tipo de prestaciones puedo recibir?
Las personas elegibles pueden recibir hasta 36 meses de beneficios, que incluyen:
- Matrícula y cuotas: si califica para el beneficio máximo, el proyecto de ley GI Post-9/11 cubrirá el costo total de matrícula y cuotas públicas dentro del estado. Tenga en cuenta que el Departamento de Asuntos de los Veteranos limita las tarifas para las escuelas privadas y extranjeras. Estas tarifas pueden cambiar de un año a otro, pero puede consultar las tarifas actuales en el sitio web de VA;
- Dinero para vivienda (si asiste a la escuela más de medio tiempo): VA basa su asignación mensual para vivienda en el costo de vida donde se encuentra su escuela;
- Dinero para libros y útiles: los beneficiarios pueden recibir hasta $ 1,000 por año escolar;
- Dinero para ayudarlo a mudarse de un área rural para ir a la escuela: puede calificar para un pago único de $ 500 si vive en un condado con seis o menos personas por milla cuadrada y se muda al menos 500 millas para ir a la escuela o no tiene otra opción que volar en avión para llegar a tu escuela.
Cada individuo elegible recibirá un pago de beneficio que depende de su tiempo de servicio activo desde el 10 de septiembre de 2001. El VA calculará esta cantidad en base al porcentaje del beneficio máximo.
¿Cómo me inscribo?
Para completar una solicitud, utilice el formulario VA 22-1990Solicitud de beneficios educativos de VA". Puede completar la solicitud en línea.
¿Dónde puedo encontrar otros beneficios para los veteranos?
Visite la página Examinar por agencia para filtrar su búsqueda de programas de beneficios por agencia. Por ejemplo, puede buscar programas ofrecidos por VA en Benefits.gov. Benefits.gov proporciona información sobre una variedad de recursos para miembros de las fuerzas armadas y sus familias, como préstamos para vivienda, atención médica, asesoramiento y asistencia profesional, y puede verificar su elegibilidad utilizando el cuestionario del Buscador de beneficios.